Si estás pensando en materializar tu idea de negocio o te encuentras ya sumergido en los trámites para crear tu empresa, sabes que debes cumplir muchas obligaciones si quieres hacer las cosas correctamente. Una de ellas es la llevanza de los libros obligatorios de una empresa, que se contemplan en el Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se publica el Código de Comercio.
Dentro de esta regulación se encuentran los libros sociales y, a continuación, te contamos todo lo que debes saber sobre ellos.
Los libros sociales son los que nos permiten conocer los movimientos significativos de una sociedad, sus fusiones, escisiones, transformaciones, aumento o disminución de su capital en su parte fija o variable, la salida o entrada de socios o accionistas...en resumidas cuentas, podríamos decir que los libros sociales son la biografía de una empresa.
Ya seas autónomo o persona jurídica, debes cumplir con una serie de obligaciones a nivel documental de la actividad económica que desarrollas. Estas son más amplias en caso de una entidad de capital, pero cuando nos referimos a una entidad mercantil, debes levar una serie de libros que te exige la normativa contable, fiscal y legislativa.
Los libros sociales, con el objetivo de diferenciar los diferentes aspectos de una empresa, se dividen en diferentes tipos:
Como ya hemos dicho, los libros sociales son obligatorios por ley dentro de una empresa. Puedes legalizarlos antes de utilizarlos, que es lo que llamamos libro en blanco, y es lo más recomendable. No hay un plazo estipulado para su presentación ya que no contiene ningún dato que pueda quedar obsoleto.
También puedes hacerlo cuando ya los has cumplimentado y debes hacerlo de forma electrónica. En este caso sí que tienes un plazo establecido para presentarlos ya que, al contemplar datos relevantes los debes legalizar durante los cuatro meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio económico.